|
REGRESAR

Consulados argentinos en Paraguay

La República Argentina cuenta con Consulados en las ciudades de: Asunción, Encarnación y Ciudad del Este.

Consulado General Argentino en Asunción:

Dirección: Av. Aviadores del Chaco 2351 esquina Campos Cervera.
Ciudad: Asunción.
Teléfono: (+595) (21) 608-760 / 608-802
Fax: (+595) (21) 609-012
Celular de guardia: (+595) (971) 203-686
Correo Electrónico: casun@cancilleria.gob.ar
Página Web: www.casun.cancilleria.gob.ar
Horario de Atención: Lunes a viernes de 08:00 a 13:00 hs.

Jurisdicción: Asunción y Departamentos de Boquerón, Alto Paraguay, Presidente Hayes, Concepción, San Pedro, Cordillera, Caaguazú, Guaira, Paraguarí, Caazapa y Central.

Consulado General Argentino en Encarnación:

Dirección: Artigas 960.
Ciudad: Encarnación.
Teléfono: (+595) (71) 201-066 / 201-067
Fax: (+595) (71) 201-066 / 201-067
Celular de guardia: (+595) (995) 364-508
Correo electrónico: cenca@cancilleria.gob.ar
Página Web: www.cenca.cancilleria.gob.ar
Horario de Atención: Lunes a viernes de 08:00 a 13:00 hs.

Jurisdicción: Departamento de Misiones, Ñeembucú e Itapúa.

Consulado General Argentino en Ciudad del Este

Dirección: Boquerón c/Adrián Jara – Edificio China 7º piso.
Ciudad: Ciudad del Este.
Teléfonos: (+595) (61) 500-945 / 500-960 / 500-638
Fax: (+595) (61) 500-974 (Automático)
Celular de Guardia: (+595) (982) 139-333
Correo Electrónico: ccest@cancilleria.gob.ar
Página Web: www.ccest.cancilleria.gov.ar
Horario de Atención: Lunes a viernes de 08:00 a 13:00 hs.

Jurisdicción: Departamentos de Alto Paraná, Canindeyú y Amambay.

 

Funciones de los Consulados:

ES COMPETENCIA DEL CONSULADO:

- Orientarlo en materia de asistencia jurídica y notarial.
- Asistir a personas accidentadas o con problemas graves de salud. En ningún caso esta asistencia implica desembolso económico por parte del Cónsul o de la Cancillería Argentina.
- Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos y catástrofes.
- Interesarse por los connacionales detenidos.
- Asegurar la legítima defensa en juicio de los ciudadanos argentinos, interiorizándose por su situación procesal, su estado de salud y procurar el mantenimiento de condiciones dignas de higiene y habitación, en el caso de los detenidos.
- Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
- Velar por los intereses de niños, niñas y adolescentes argentinos en situaciones de vulnerabilidad en el exterior.
- A solicitud de autoridades judiciales o familiares directos -para fines exclusivamente humanitarios- procurar el paradero de personas a través de las autoridades locales.
- Otorgar pasaportes, realizar actuaciones notariales y legalizar documentación.
- Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
- Realizar opción de nacionalidad de hijos de argentinos nativos nacidos en el exterior.
- Tramitar documentación de identidad argentina (actualizaciones, duplicados DNI, cambios de domicilio, etc.).
- Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina consular para la recepción de correspondencia privada.

NO ES COMPETENCIA DEL CONSULADO:

- Ser parte en procesos judiciales o asumir los gastos relativos a procesos judiciales que involucren a ciudadanos argentinos en causas civiles, comerciales, penales, laborales, etc.
- Interceder a su favor en caso de que quebrante o no respete las leyes locales (que, según los países, pueden diferir sustancialmente de la legislación argentina).
- Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
- Realizar tareas que corresponden a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, estudios jurídicos, empresas de mudanzas, servicios de correos, etc.
- Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de indigencia probada o extrema vulnerabilidad que ameriten la evaluación de la repatriación, bajo el estricto cumplimiento de ciertos requisitos.
- Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas por alimentos, de transporte, hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
- Gestionar ante las autoridades locales permisos de residencia, trabajo, visados para argentinos, etc.
- Constituirse en garante o fiador.
- Proporcionarle dinero para abonar gastos médicos, de internación, cirugías o repatrios sanitarios.
- Abonar costos de repatrios de cenizas o restos mortales de ciudadanos argentinos fallecidos en el exterior, correspondiendo asumirlos a los seguros contratados o a los familiares.

 

 

Fecha de actualización: 15/12/2016